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O. M., J. M. Y OTRO c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

Los actores promovieron un amparo de salud contra OSDE para obtener cobertura de tratamientos de alta complejidad. La Cámara Civil y Comercial Federal modificó parcialmente la sentencia, estableciendo un plazo de tres años para la criopreservación de embriones.

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¿Quién es el actor?

G.P.C. y H.S.

¿A quién se demanda?

OSDE
- ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS
- Objeto de la demanda: Cobertura de tratamientos de alta complejidad FIV/ICSI, incluyendo medicación y criopreservación de embriones.
- Decisión del tribunal: Se confirma la obligación de OSDE de cubrir los tratamientos, pero se modifica el plazo de criopreservación a tres años.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La interpretación que el Tribunal formuló en aquella oportunidad sobre las normas y resoluciones que regulan la cuestión sustancial objeto de análisis no se ve modificada con el informe n° IF-2017-24226170-APN-SPSPYCR#MS." "Cabe agregar, en este sentido, que los informes y providencias aludidas por la recurrente no resultan útiles para revertir un fallo plenario dictado por esta Cámara que debe aplicarse mientras continúe vigente." "Por ello, resulta acertado que las costas se impongan a la accionada vencida, en virtud de que la actora se vio obligada a iniciar el presente amparo como consecuencia inmediata y exclusiva de la conducta de la propia apelante."

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