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BIDART GUILLERMO ADOLFO, INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROV S/ AMPARO

El actor promovió acción de amparo contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires para obtener el reajuste de su haber previsional. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo revocó la medida cautelar y declaró inadmisible la acción de amparo, argumentando la existencia de vías ordinarias adecuadas.

Recurso de apelacion Amparo Movilidad jubilatoria Derecho previsional Inconstitucionalidad Medida cautelar Procedencia Vias ordinarias Seguridad juridica Costas

Actor: Guillermo Adolfo Bidart Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reajuste de haber previsional y restablecimiento de la movilidad jubilatoria. Decisión: Se revocó la medida cautelar y se declaró inadmisible la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El amparo no resulta procedente para la pretensión deducida, ya que se trata de una vía excepcional destinada a la tutela de derechos fundamentales frente a actos que generen un daño actual, grave e irreparable. El actor contaba con otras vías judiciales ordinarias para hacer valer su derecho, lo que impide la procedencia del amparo." "No se hallan debidamente reveladas las razones por las cuales los carriles procesales ordinarios no serían aptos para canalizar la pretensión sustancial del reclamante." "La mayor celeridad que pudiera atribuirse al trámite del amparo frente a otros posibles carriles no lleva, por sí sola, a admitir la viabilidad de aquella acción."

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