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M. N. U. S/ ABRIGO

El progenitor apeló la declaración de desamparo y adoptabilidad de su hijo N. U. M. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que el interés superior del niño justifica la decisión de mantenerlo alejado de su madre.

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Actor: M. N. U. Demandado: S. I. M.; R. A. M. Objeto: Revocación de la declaración de desamparo y adoptabilidad del niño N. U. M. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que declaró al niño en situación de adoptabilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La medida de abrigo se adoptó en el mes de junio de 2024, y si bien su progenitora se presentó en septiembre de ese año con patrocinio letrado, recién en el mes de abril del 2025 realizó una petición judicial oponiéndose al cierre de la medida de abrigo, sin presentar pruebas o un plan de restitución de derechos específico." "La ausencia de un ámbito familiar contenedor, resulta ser, sin lugar a duda, una de las causas más inmediatas del desamparo." "Los tiempos de los niños no pueden quedar supeditados al de los adultos. El factor tiempo es crucial en la vida de los NNA, pues mientras se espera que sus progenitores puedan asumir los roles que les corresponden, el paso del tiempo los vulnera y les hace perder posibilidades únicas."

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