ONGARO GABRIEL ALFREDO C/ PRE CONSORCIO ALEM 4351 S/ NULIDAD ACTO JURIDICO
El actor promovió acción de nulidad de una asamblea consorcial celebrada el 19/11/2021. La Cámara de Apelación confirmó el rechazo de la demanda por caducidad del derecho a accionar, considerando que la mediación no suspende el plazo de caducidad.
Actor: GABRIEL ALFREDO ONGARO Demandado: PRE CONSORCIO ALEM 4351 Objeto: Nulidad de la asamblea del 19/11/2021. Decisión: Se confirmó el rechazo de la acción de nulidad por caducidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho a promover acción judicial de nulidad de la asamblea caduca a los treinta días contados desde la fecha de la asamblea. Este plazo no se suspende ni se interrumpe." Además, se destacó que "la mediación previa obligatoria no suspende el plazo de caducidad" y se reafirmó que "la caducidad se había producido antes de la promoción de la demanda". La Cámara también consideró que el apelante no cuestionó adecuadamente los fundamentos del juez de primera instancia.
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