C. G. A. C/ S. C. G. B. Y OTROS S/ ALIMENTOS
El actor apeló la resolución que fijó una cuota alimentaria provisional. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial modificó la cuota, estableciendo que deberá ascender al 85% del índice de crianza del INDEC para cada uno de los alimentados.
Actor: C. G. A. Demandado: S. C. G. B. Objeto: Elevación de la cuota alimentaria provisional. Decisión: Se modifica la cuota alimentaria provisional, estableciéndola en el 85% del índice de crianza del INDEC.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuantía establecida resulta ser insuficiente... el índice de crianza... es un valor de referencia para saber cuánto destinan las familias a alimentar, vestir, garantizar vivienda, trasladar y cuidar niños, niñas y adolescentes." "Los alimentos provisorios... tienen por objeto subvenir sin demora a las necesidades del actor, ya que la espera hasta la finalización del juicio puede privarlo de los rubros esenciales para su vida." "Considero, así, razonable lo que se pide en el memorial... la cuota alimentaria que deberá abonar el demandado ascenderá al 85% del índice crianza que señale el INDEC."
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