R. F. E. C. C/ A. P. R. S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS
El demandante promovió un incidente de alimentos contra el demandado, cuestionando la imposición de costas. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la decisión de primera instancia, sosteniendo que las costas deben ser a cargo del alimentante.
Actor: R. F. E. C. Demandado: A. P. R. Objeto: Impugnación de la imposición de costas en un incidente de alimentos. Decisión: Se confirma la decisión de primera instancia que impuso las costas al alimentante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las costas son las erogaciones que necesariamente deben hacer los sujetos del proceso, para obtener la actuación de la ley mediante la resolución judicial que pretenden siendo el principio general en la materia que el objetivamente derrotado debe resarcir íntegramente las mismas al vencedor." "En los juicios de alimentos la condenación en costas al alimentante está impuesta por la índole especial de la prestación debida, ya que admitir la tesis contraria significaría gravar la pensión fijada al tener los alimentados que soportar los gastos causídicos." "No corresponde, entonces, imposición en el orden causado como lo pretende."
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