BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ RUIZ FRANCISCO GABRIEL Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco Santander Río S.A. apeló una sentencia que desestimó su reclamo de cobro ejecutivo contra los herederos de una deudora. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la deudora no era responsable de la deuda debido a su desvinculación previa de la cuenta.
Actor: Banco Santander Río S.A. Demandado: Juan Ignacio Gamardo; Francisco Gabriel Ruiz Objeto: Cobro ejecutivo de una deuda de $11.378.703,27 más intereses. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó la responsabilidad de la deudora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuenta no se cerró el 12/5/2020, día en que la señora Serra se 'desvinculó' de la cuenta, sino que se cerró posteriormente el día 26/4/2022, es decir dos años después." "La consecuencia de todo esto es que como la cuenta no se cerró el 12/5/2020, y como la señora Serra se 'desvinculó' ese día de la cuenta, es decir del contrato celebrado, no es responsable ni deudora, y menos solidaria, de ninguna deuda derivada de esa cuenta corriente bancaria." "Hasta su cierre no hubo balance final, ni saldo exigible, ni acreedor ni deudor, porque los saldos eran provisorios, y, por lo tanto, no eran exigibles."
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