BOGADO PINTOS JUAN RAMON C/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El actor promovió un incidente de homologación de un acuerdo conciliatorio por un accidente in itinere. El Tribunal del Trabajo Nº 4 homologó el convenio conciliatorio, considerando que no vulnera principios de orden público y es una justa composición de derechos.
Actor: Juan Ramón Bogado Pintos Demandado: Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio por accidente in itinere. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio por la suma de $30.000.000, pagaderos en dos cuotas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La conciliación arribada entre las partes... no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes." "La renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.)." "La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal."
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