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PAZ CARLOS ALBERTO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió una acción de revisión ante la Comisión Médica Jurisdiccional, pero incurrió en inactividad procesal. El Tribunal decretó la caducidad de instancia por desinterés de la parte actora y falta de actividad útil.

Caducidad de instancia Accion de revision Inactividad procesal Desinteres Ley 15057 Tribunal del trabajo Costas Procedimiento Silencio Impulso procesal

Actor: PAZ CARLOS ALBERTO Demandado: FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. Objeto: Acción de revisión ante la Comisión Médica Jurisdiccional Ley 15057. Decisión: Se decreta la caducidad de instancia y se imponen costas a la parte actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Preliminarmente se destaca el desinterés en que ha incurrido la parte actora, materializado de manera incuestionable no sólo en el silencio guardado por la misma a la intimación dispuesta, sino también en la inactividad procesal mantenida durante un lapso superior de SEIS MESES." "La caducidad es un remedio excepcional... su objeto es evitar que se eternicen los juicios e impedir que la interrupción de la prescripción causada por la demanda se mantenga indefinidamente." "Es ajustada a derecho la declaración de caducidad de la instancia, cuando de las constancias de autos se desprende en forma inequívoca que la parte interesada es quien impide que el pleito arribe a su fin decidiendo abandonar definitivamente el proceso."

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