BERTSCHI, MARTA NIDIA Y OTRA C/GALENO A.R.T. S.A. Y OTRO/A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El tribunal resolvió sobre la homologación de un pacto de cuota litis en un accidente de trabajo. Se rechazó la homologación argumentando que las prestaciones dinerarias son irrenunciables y no pueden ser cedidas.
Actor: Marta Nidia Bertschi; Irene Cecilia Neef Demandado: Galeno A.R.T. S.A. Objeto: Homologación de un pacto de cuota litis. Decisión: Se rechazó la homologación del convenio de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En virtud de lo dispuesto por el art. 11, pto. 1, de la LRT, en cuanto establece que las prestaciones dinerarias de la referida ley son irrenunciables y no pueden ser cedidas ni enajenadas, estimo que no corresponde su homologación (art. 277 de la LCT)." "Igual criterio ha sido adoptado por el art. 2, último párrafo, de la ley 27.348."
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