GIMENEZ CLAUDIO MIGUEL C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - PREVISION
El actor solicitó una medida cautelar para que el Instituto de Previsión Social cumpla con el reajuste de su beneficio jubilatorio. El Tribunal hizo lugar a la medida, ordenando al IPS que efectúe el pago en un plazo de cinco días.
Actor: Claudio Miguel Giménez Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Cumplimiento de la Resolución RESO-2024-34266-GDEBA-IPS que reajusta el beneficio jubilatorio. Decisión: Se hace lugar a la medida cautelar, ordenando al IPS a cumplir con la resolución en cinco días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se colige que el obrar de la Administración se presenta desprovisto de justificación frente a la vulneración del derecho que le fuera reconocido al accionante en el acto citado." "El derecho invocado por el actor reconocido por un acto administrativo cuya legitimidad y ejecutoriedad no ha sido cuestionada, luce verosímil y permite tener por acreditado el fumus bonis iuris que torna procedente la tutela cautelar solicitada." "Se encuentra asimismo configurado el recaudo de peligro en la demora sustentado en el carácter alimentario de los haberes comprometidos y la situación de urgencia en la que se encuentra el actor."
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