MENENDEZ ANA MARIA S/ MATERIA A CATEGORIZAR
Se solicita la nulidad de una escritura pública de donación de un inmueble formalizada en 1986. El Juzgado Civil y Comercial N° 15 de Mar del Plata declaró la nulidad de la escritura por inexistencia del acto jurídico, dado que el donante no era titular del bien.
Actor: Ana María Menéndez Demandado: Registro Notarial Nro. 2 de Miramar Objeto: Nulidad de escritura pública de donación Decisión: Se declara la nulidad de la escritura pública de donación
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se afirma que el acto atacado carece de un requisito esencial que hace a su validez como tal... corresponde calificar los hechos esgrimidos por la parte actora dentro de la categoría de acto inexistente, en la medida de haberse denunciado que la titularidad del bien estaba en cabeza de la Sra. Delia Clara Ibáñez y Granzotto y no del Sr. Menéndez, quien en definitiva dono algo que aún no poseía." "La inexistencia como categoría autónoma de la invalidez halla su fundamento en la propia realidad, que presenta tentativas de actos que no llegan a ser tales por faltarles algún elemento esencial para que cobren existencia jurídica..."
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