HEREDIA, ANA LILIAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora, Ana Lilian Heredia, apeló la sentencia que fijó la fecha de prescripción para el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia de primera instancia, modificando la fecha de inicio del cómputo de los retroactivos a dos años antes del reclamo administrativo.
- Quién demanda: Ana Lilian Heredia
¿A quién se demanda?
ANSeS
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando la fecha de prescripción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Sra. Ana Lilian Heredia efectuó un reclamo en sede administrativa tendiente a lograr el reajuste de su haber previsional el 20/3/23, que fue desestimado por resolución RNT-E 373/23, del 25/8/23." "Corresponde concluir que el reclamo formulado en sede administrativa el 20/3/23... ha significado una manifestación de su voluntad de mantener vivo su derecho al 'reajuste de su haber jubilatorio', por lo que tiene carácter interruptivo de la prescripción." "Se establece como punto de partida para el cómputo de los retroactivos el día 20/3/21."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: