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Legajo Nº 12 - IMPUTADO: ARISMENDI, BRUNO DANIEL s/LEGAJO DE APELACION

La defensa de Bruno Daniel Arismendi interpuso un recurso de casación contra la decisión que dispuso su procesamiento y la medida de seguridad. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar al recurso, ordenando la intervención de la justicia civil y manteniendo la medida de seguridad.

Casacion Inimputabilidad Medida de seguridad Salud mental Proceso penal Justicia civil Derechos humanos Tratamiento Peligrosidad Internacion

Actor: Bruno Daniel Arismendi Demandado: Cámara Nacional de Apelaciones Objeto: Revocación del procesamiento y la medida de seguridad impuesta Decisión: Se hace lugar al recurso de casación, se mantiene la medida de seguridad y se asigna competencia a la justicia civil.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La condición de enfermedad y discapacidad que pueda padecer aquél no es obstáculo, ciertamente, para el dictado de una medida de seguridad, frente a las elocuentes consideraciones médicas que han formulado los peritos consultados." "La medida tendiente a su tratamiento y rehabilitación, al amparo de la citada ley de salud pública, luce del todo razonable para el resguardo de la seguridad e integridad del nombrado, y también de terceros ajenos al proceso." "Se ha asignado competencia a la justicia civil – junto con los órganos e instituciones médicas que en la norma citada se contemplan–, una vez constatada la inimputabilidad de una persona que por ese motivo ha sido desvinculada del proceso penal."

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