Legajo Nº 1 - CONTRIBUYENTE: FELICE HNOS. SRL s/LEGAJO DE CASACION
La defensa interpuso un recurso de casación contra la decisión que confirmó la extinción de la acción penal por evasión impositiva. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso, considerando que la ley 27.743 era aplicable y más benigna para el caso.
Actor: Defensa de Felice Hnos. SRL y sus miembros. Demandado: Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata. Objeto: Casación de la decisión que confirmó la extinción de la acción penal. Decisión: Se hace lugar al recurso de casación, anulando la resolución recurrida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La extinción de la acción penal opera automáticamente (ipso iure) cuando se verifican los requisitos fijados por la ley 27.743... no existe deuda que regularizar, y, por lo tanto, resulta jurídicamente incoherente exigir una 'adhesión administrativa' a un régimen de moratoria previsto para las deudas impagas." "La ley 27.743 actúa a modo de 'amnistía' penal tributaria para quienes, al 9/7/2024, ya no tenían deuda tributaria pendiente vinculada al delito." "Asiste razón a la defensa cuando sostiene que, para el caso de autos, en el que las deudas ya han sido canceladas con anterioridad a que entrara en vigencia el régimen previsto en la ley 27.743, no existe deuda que regularizar."
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