VIA BARILOCHE SA c/ CNRT (EX 116714645/22 - SUM ADM 310870) s/SERVICIO PUBLICO DE AUTOTRANSPORTE - LEY 21844 - ART 8
Vía Bariloche SA interpuso un recurso directo contra la sanción impuesta por la CNRT por la expedición de listas de pasajeros con datos falsos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la disposición sancionatoria, argumentando la vigencia del régimen de penalidades aplicable.
Actor: Vía Bariloche SA Demandado: Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) Objeto: Recurso directo contra la sanción de multa impuesta por la CNRT. Decisión: Se confirma la disposición sancionatoria de la CNRT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- "El artículo 9 de la Ley N° 21.844 (...) permite inferir el efecto devolutivo que el legislador le ha concedido a los recursos de apelación directo."
- "La sanción aplicada por el organismo sancionador resulta ilegítima."
- "No se desprende de aquéllas que exista una incompatibilidad indudable y manifiesta con las regulaciones del decreto 883/24."
- "El planteo de prescripción debe ser desestimado ya que, desde el 9 de junio de 2021 hasta el 16 de enero de 2025, no transcurrió el plazo de cinco años previsto en el artículo 77 del decreto 253/1995."
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