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INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADO DE GARANTÍAS N° 6 -VILLA GESEL (DOLORES)L- Y JUZGADO DE GARANTÍAS N° 3 -AVELLANEDA-LANÚS-

El Juzgado de Garantías N°6 de Villa Gesell -Dolores- planteó un incidente de competencia en un caso de estafa. La Cámara resolvió a favor del Juzgado de Villa Gesell, declarando su competencia territorial por el lugar donde se produjo el perjuicio patrimonial.

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Actor: Juzgado de Garantías N°6 de Villa Gesell -Dolores- Demandado: Juzgado de Garantías N°3 de Avellaneda -Lanús- Objeto: Competencia territorial en un caso de estafa. Decisión: Se declara competente al Juzgado de Garantías N°6 de Villa Gesell -Dolores-.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el delito de estafa, el mismo se consuma en el lugar donde se produce el perjuicio patrimonial a causa del ardid... la disposición patrimonial tuvo lugar en el Departamento Judicial de Villa Gesell -Dolores-, lugar donde la víctima efectuó la transacción, por lo que corresponde declarar competente al Juzgado de Garantías N°6 de dicho Departamento Judicial."

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