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R, M X C/ I, M S/ALIMENTOS

El demandante promovió una acción de alimentos en favor de su hijo menor contra el progenitor. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, estableciendo una cuota alimentaria y reconociendo la corresponsabilidad parental en los gastos.

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Actor: M X R Demandado: M I Objeto: Pago de cuota alimentaria para el hijo menor. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que fijó una cuota alimentaria y obligaciones en especie a cargo del demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación que impone a los progenitores el art. 658 del Código Civil y Comercial de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos 'conforme a su condición y fortuna, aunque el cuidado personal esté a cargo de uno de ellos', implica la de procurarse los medios necesarios para asegurarles mínimamente una subsistencia digna." "La corresponsabilidad en el cuidado del hijo no implica, como parece sostener el recurrente, una equivalencia matemática en las cargas económicas." "El apelante no aporta prueba alguna que permita concluir que tales erogaciones resultan desproporcionadas respecto de su capacidad contributiva." "El niño tiene seis años, se encuentra escolarizado, requiere traslados, actividades recreativas y un entorno de vida adecuado, y resulta claro que el monto fijado cubre necesidades básicas sin configurar un exceso."

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