C. F. D.F. C/ D. D. E. S/ ALIMENTOS
El demandante apeló la sentencia de primera instancia que fijó una cuota alimentaria de $95,000. La Cámara de Apelaciones modificó la cuota a un 90% del Salario Mínimo Vital y Móvil, considerando las necesidades del menor y la falta de presentación del demandado.
Actor: C. F. D. F. C. Demandado: D. D. E. S. Objeto: Modificación de la cuota alimentaria fijada en primera instancia. Decisión: Se modifica la cuota alimentaria a un 90% del Salario Mínimo Vital y Móvil.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria es una consecuencia de la patria potestad... la determinación del monto a abonar por el alimentante no está sujeta a la prueba de las necesidades del hijo... la cuota fijada resulta acorde a los antecedentes de autos." "Teniendo en cuenta la ausencia del demandado en autos, valorando la edad de E., la situación respecto de su cuidado personal y el valor de la canasta de crianza... corresponde hacer lugar a los agravios y en consecuencia modificar la cuota estipulada." "La prestación alimentaria a favor de los hijos resulta ser un instituto obligacional dinámico, ya que su contenido se configura día a día..."
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