V, J c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986
El actor interpuso acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la Nación por la denegación de su inscripción en el Registro del Programa de Cannabis. La Cámara Federal de Córdoba revocó la sentencia de primera instancia, argumentando que no existía arbitrariedad en la decisión administrativa.
Actor: V., J. Demandado: Ministerio de Salud de la Nación Objeto: Inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) Decisión: Se revocó la sentencia de primera instancia que hacía lugar al amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No se advierte en autos la existencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta que habilite la vía excepcional del amparo... la normativa que regula la materia tiene su raíz en la salud pública, la seguridad pública y la lucha contra el narcotráfico." "El hecho de que una norma exista al tiempo del reclamo, no garantiza que no pueda sufrir una modificación, o incluso sufrir una derogación." "Los requisitos exigidos para obtener la autorización no resultan irrazonables... constituyen una injerencia mínima que, lejos de proscribir el autocultivo con fines medicinales, lo someten a una regulación que asegura cierta supervisión por parte del Estado."
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