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S. L.,, P. E. c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

El actor promovió acción de amparo por mora contra el Ministerio de Salud de la Nación por la falta de respuesta a su solicitud de inscripción en el REPROCANN. La Cámara Federal de Córdoba revocó la sentencia de primera instancia, declarando abstracta la acción al haberse expedido la Administración previamente.

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- Quién demanda: S. L., P. E.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Salud de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inscripción en el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (REPROCANN)

¿Qué se resolvió?

Revocación de la sentencia de primera instancia, declarando abstracta la acción por respuesta previa de la Administración.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El amparo por mora se encuentra regulado en el art. 28 de la Ley N° 19.549, cuyo objeto es una orden judicial de 'pronto despacho' de las actuaciones administrativas." "A pesar de que la accionada no haya dictado una resolución definitiva sobre el fondo del asunto, no puede afirmarse la existencia de silencio administrativo, por cuanto se brindó una respuesta cierta y clara al interesado." "La presente acción ha devenido abstracta, toda vez que el objeto propio del amparo por mora ya ha sido satisfecho mediante la respuesta brindada por la Administración."

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