P. V. I. C/ C. C. D. S/ TENENCIA Y ALIMENTOS
El apelante solicitó la revocación del cese de la prestación alimentaria a favor de su hija. La Cámara revocó la decisión de primera instancia, ordenando la continuidad del pago de la cuota alimentaria y la acreditación de la condición de alumna regular.
Actor: P. V. I. C. Demandado: C. C. D. S. Objeto: Cese de la prestación alimentaria. Decisión: Se revocó el cese de alimentos y se ordenó la continuidad del pago de la cuota alimentaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La apelante acreditó mediante certificado no cuestionado por el incidentista, ser alumna regular del año 2025 de la aludida carrera terciaria, mas no acompañó en su responde del 23/06/2025, ni en el memorial del 01/10/2025 grilla de cursada... no se ha acreditado que los estudios que cursa importen por sí mismos a la alimentada un limitante para emplearse a fin de procurarse ingresos suficientes para su subsistencia... se comprende ha revocarse la apelada resolución en la parcela que admitió el cese de alimentos en relación a C. B., debiendo continuar el progenitor con el pago de la cuota oportunamente convenida."
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