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E., C. O. S/ INCIDENTE LIBERTAD ASISTIDA, SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA 19808 UFI 8 IPP 03-01-2029-21 (JEP-19831)

El defensor solicitó la concesión de libertad asistida y salidas transitorias para Cristian Osvaldo Espasandin. La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso, confirmando la decisión del juez de ejecución penal por considerar que no se cumplían los requisitos legales.

Incidente Libertad asistida Salidas transitorias Denegatoria Recurso de apelacion Derecho penal Resocializacion Principio de culpabilidad Ley 12.256 Jurisprudencia

Actor: Dra. María Verónica Olindi Huespi (Defensora Oficial) Demandado: Cristian Osvaldo Espasandin Objeto: Libertad asistida y salidas transitorias Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la denegatoria de los beneficios solicitados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Lo cierto es que advierto que no concurren en autos las restantes exigencias de ley para su inclusión en los institutos mencionados." "Los extremos apuntados, aunado a los fundamentos dados por el a-quo, me persuaden acerca de la confirmación de la denegatoria de los institutitos de libertad asistida y salidas transitorias solicitados en favor de Cristian Osvaldo Espasandin." "En efecto. Del Área Sanidad, se desprende que el penado Espasandin presenta antecedentes de tóxico dependencias a la cocaína." "La resolución apelada incurre en un exceso punitivo y una injerencia ilegítima en el ámbito de libertad individual, contrariando los arts. 18 y 19 CN y los estándares jurisprudenciales vigentes."

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