FANDIÑO MARIA JOSE C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION (DGCYE) S/ PRETENSION CESACION VIA DE HECHO ADMINISTRATIVA
María José Fandiño promovió una acción de cesación de vía de hecho contra la Dirección General de Cultura y Educación por su relevo transitorio del cargo de Directora. El Tribunal declaró abstracta la acción, argumentando que la cuestión carecía de objeto actual debido a la existencia de un acto administrativo que mantenía el relevo.
Actor: María José Fandiño Demandado: Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Cesación de vía de hecho por relevo transitorio del cargo de Directora Decisión: Se declaró abstracta la acción de cesación de vía de hecho
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El proceso de cesación de una vía de hecho administrativa carece a todas luces de objeto actual, y ello obsta cualquier consideración en la medida en que a los tribunales de justicia les está vedado expedirse sobre planteos que devienen abstractos." "El derecho o interés de quien acciona debe existir al presentarse la acción y subsistir hasta el momento de dictarse sentencia." "Al haberse dictado el pertinente acto administrativo, el proceso carece de objeto actual."
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