MARTINEZ DANIEL ALEJO C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
El actor promovió demanda por el reconocimiento del derecho al cobro de licencias anuales no gozadas por razones de servicio. El Tribunal hizo lugar a la pretensión, reconociendo el derecho del actor a percibir el pago de 73 días de licencias no gozadas.
Actor: Martínez Daniel Alejo Demandado: Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento del derecho al cobro de licencias anuales no gozadas Decisión: Se hace lugar a la demanda, reconociendo el derecho del actor a cobrar 73 días de licencias no gozadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las licencias anuales ordinarias deben cumplirse dentro del período anual que las genera, vencido éste, el agente perderá el derecho a gozarlas. Sin embargo, dicho precepto establece excepciones a este principio general, y ellas son aquellos casos en que la licencia haya sido suspendida por razones de servicio, enfermedad, duelo o accidente del agente." "En situaciones como la de autos en las que el derecho al goce se encontraba vigente, corresponde una compensación económica frente a la imposibilidad material de usufructuar los días no gozados." "Por tanto, entiendo que encontrándose vigente el derecho al goce de las licencias pendientes y resultando imposible gozarlas en especie frente al hecho de su desvinculación de la Institución, es que le corresponde una reparación económica por esos días de licencia anual no gozados."
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