BANCO GGAL S.A C/ RECCHIA MARIA NAZARENA S/ EJECUCION PRENDARIA
El Banco GGAL S.A. promovió una ejecución prendaria contra Recchia María Nazarena por un capital de $686.655,20. El Tribunal resolvió hacer lugar a la ejecución, ordenando el trance y remate del bien hasta el pago total de la deuda.
Actor: Banco GGAL S.A. Demandado: Recchia María Nazarena Objeto: Ejecución prendaria por un capital de $686.655,20. Decisión: Se hace lugar a la ejecución, ordenando el trance y remate del bien.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 CPCC). Por ello, conforme a lo pedido y lo dispuesto por el art. 540 y ccs. del CPCC."
"La suma indicada devengará intereses que -por todo concepto
- se calcularán desde la fecha de la mora operada el día 05/09/2024 fecha de primera cuota impaga, y hasta el efectivo pago, que fijo -por todo concepto
- en lo oportunamente pactado entre las partes en el contrato prendario."
"Costas a la parte ejecutada (arts. 68 y 556 del Código adjetivo)."
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