F. C. D. C. C/ C. L. M. Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Se solicita el beneficio de litigar sin gastos para C.D.C.F. y S.A.G. en representación de sus hijas menores. El Tribunal concede el beneficio, permitiendo litigar sin costos judiciales mientras no mejoren de fortuna.
Actor: C.D.C.F. y S.A.G. Demandado: C. L. M. y O.C.A.S.S.A. Objeto: Beneficio de litigar sin gastos. Decisión: Se concede el beneficio de litigar sin gastos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Concédese a C.D.C.F. por si y en representación de sus hijas menores: G.F.I. y G.F.A. y a S.A.G. en representación de sus hijas menores, el beneficio de litigar sin gastos requerido, con el alcance que determinan las citadas disposiciones y el art. 84 del mismo código." "Podrán, en consecuencia, litigar contra C.M. y la citada en compañía O.C.A.S.S.A. sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna."
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