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ABALOS MARIA ELVA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

El Ministerio Pupilar solicitó la reevaluación de la capacidad jurídica de María Elba Abalos tras el tiempo transcurrido desde la última sentencia. El Tribunal readecuó la sentencia anterior, permitiendo a la causante ejercer actos de la vida cotidiana bajo un régimen de apoyo.

Incidente Reevaluacion Capacidad juridica Salud mental Regimen de apoyo Autonomia personal Evaluacion interdisciplinaria Sentencia readecuada Derechos de las personas con discapacidad Plazo de tres anos

Actor: Ministerio Pupilar Demandado: María Elba Abalos Objeto: Reevaluación de la capacidad jurídica de la causante Decisión: Se readecuó la sentencia anterior, permitiendo a la causante ejercer actos de la vida cotidiana con un régimen de apoyo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sentencia que declaró incapaz a la Sra. MARIA ELBA ABALOS fue dictada el día 4 de DICIEMBRE de 2007. En este marco y en atención a la entrada en vigencia de la nueva Ley de Salud Mental, habiendo transcurrido el plazo de tres años previsto en el artículo 40 del Cód. Civil, fue ordenada la reevaluación del causante." "Se readecuó la sentencia dictada a las actuales circunstancias de la Sra. MARIA ELBA ABALOS quien, sin perjuicio de su diagnóstico, conserva el derecho a ejercer todos los actos de la vida cotidiana." "Establecer el plazo de tres años (3) años a los efectos de realizar una nueva evaluación interdisciplinaria de la causante de autos."

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