OCHOA, JORGE GABRIEL c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD CERVECERA Y AFINES Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986
El Dr. Lisandro Sastre Siladji solicitó la regulación de honorarios por su actuación en segunda instancia en el amparo contra la Obra Social del Personal de la Actividad Cervecera. La Cámara Federal de Salta reguló los honorarios en 3,6 UMA, equivalente a $305.866,8, a ser abonados conforme a la normativa vigente.
¿Quién es el actor?
Dr. Lisandro Sastre Siladji
¿A quién se demanda?
Obra Social del Personal de la Actividad Cervecera y otros
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios por actuación en segunda instancia
- Decisión del tribunal: Se regulan honorarios profesionales en 3,6 UMA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se regulan honorarios profesionales por su actuación en segunda instancia al Dr. Lisandro Sastre Siladji en 3,6 UMA ($ 305.866,8 conforme Resolución N° 3160/2025 de la SGA de la CSJN del 16/12/2025 -de aplicación retroactiva
- que fijó la UMA en $ 84.963 a partir del 1/11/2025)."
"Los honorarios deberán ser abonados según el valor de la UMA vigente al momento del pago (art. 51 de la normativa citada)."
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