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JIMENEZ YOLANDA PATRICIA S/ MATERIA A CATEGORIZAR

Jiménez Yolanda Patricia promovió una Información Sumaria para declarar la existencia de una unión convivencial con España Gastón Ezequiel desde 2013. El Tribunal aprobó la información sumaria, reconociendo la convivencia y su finalidad previsional ante ANSES.

Informacion sumaria Union convivencial Codigo civil y comercial Prueba testimonial Proyecto de vida comun Anses Convivencia publica Estado civil Herencia Reconocimiento juridico

Actor: Jiménez Yolanda Patricia Demandado: España Gastón Ezequiel (fallecido) Objeto: Declaración de la existencia de una unión convivencial. Decisión: Se aprobó la información sumaria y se acreditó la unión convivencial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La figura de la unión convivencial se encuentra regulada por los arts. 509 y ss. del Código Civil y Comercial de la Nación, definiéndose en el art. 509 como la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común." "En su conjunto, la prueba producida resulta suficiente, precisa y concordante para tener por acreditada la convivencia pública, estable, notoria, permanente y singular entre la Sra. Jiménez y el Sr. España." "Aprobar la presente información sumaria y tener por acreditado que la peticionante de autos, Jiménez Yolanda Patricia, ha estado unida convivencialmente con quien en vida fuera España Gastón Ezequiel, desde el 14 de agosto de 2013 y hasta la fecha de fallecimiento de éste."

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