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A., L. R. c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

L.R.A. promovió acción de amparo contra OSOCNA y OSDE para mantener su afiliación al Plan 310 tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, reconociendo el derecho a la salud de la actora y la continuidad de su cobertura médica.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Osocna Osde Derechos adquiridos Constitucion nacional Decretos 292/95 y 492/95 Accion de amparo


¿Quién es el actor?

L.R.A.
- Demandados: OSOCNA y OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación al Plan 310 tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora y su familia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física de la accionante, aparece reconocido por la Constitución Nacional." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia de los beneficiarios al I.N.S.S.J.P." "La aplicación de los decretos 292/95 y 492/95 conculca el derecho a la salud y los derechos adquiridos de la peticionaria."

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