FERRAREIS, GRACIELA BEATRIZ c/ OBRA SOCIAL DE COMISARIOS NAVALES (OSOCNA) Y OTRO s/PRESTACIONES MEDICAS
La Sra. F, G B promovió acción de amparo contra OSOCNA y OSDE para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Federal de Primera Instancia hizo lugar a la demanda, ordenando la continuidad de la afiliación en las mismas condiciones previas a su jubilación.
- Quién demanda: F, G B
¿A quién se demanda?
OSOCNA y OSDE
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantenimiento de la afiliación a la obra social tras la jubilación
¿Qué se resolvió?
Se ordenó a las demandadas mantener la afiliación de la actora
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión de la accionada de no mantener la afiliación con base en que obtuvo la jubilación resulta arbitraria, toda vez que conduce a la ruptura unilateral de la relación existente." "El hecho de haber obtenido un haber jubilatorio no implicó la ruptura del vínculo con la demandada, porque el actor se encontraba facultado para ejercer su derecho a permanecer afiliado a la obra social a la que perteneció durante su vida laboral activa."
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