CAJA DE PREVISION Y SEGURO MEDICO DE LA PCIA DE BS.AS. C/ BLANCO OSORIO MARIA AGUSTINA S/ APREMIO
El actor promovió un juicio de apremio por el pago de aportes previsionales adeudados. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenando que la ejecución se realice en galenos al valor del momento del pago.
Actor: Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires Demandado: María Agustina Blanco Osorio Objeto: Pago de $168.310,80 en concepto de aportes previsionales Decisión: Se modifica la sentencia de primera instancia, ordenando que la ejecución se realice en galenos
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La deuda reclamada dejó de estar graduada en 'galenos' cuando fue expedido el título ejecutivo, por lo que la condena en autos no debe expresarse en dicha unidad de medida o módulo, sino en la suma de dinero establecida como capital adeudado por la propia accionante." "Si la deuda que mantiene el accionado con la demandante está medida en galenos, igualmente la condena en autos debe expresarse en dicha unidad de medida o módulo, y la única manera de cumplimentarse adecuadamente la obligación adeudada será abonando el valor equivalente a la fecha en que se efectúe el pago." "Propongo al acuerdo hacer lugar al recurso impetrado y mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada abone al acreedor el equivalente a 2.671,60 GALENOS, calculados al momento del efectivo pago."
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