G. N. D. C/ SUC. DE G. J. A. Y SUC.DE L. N. J. S/ ACCIONES DE IMPUGNACION Y RECLAMACION DE FILIACION
La actora promovió una acción de reclamación de filiación extramatrimonial contra el demandado. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la condena en costas a los demandados por ser considerados vencidos en el proceso.
Actor: N.D.G. Demandado: SUCESORES de G.J.A.; SUCESORES de L.N.J. Objeto: Reclamación de filiación extramatrimonial. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia y se imponen las costas a los demandados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El decisorio en crisis, en su parte resolutiva, acogió la pretensión esgrimida por la actora haciendo lugar a la acción de reclamación extramatrimonial promovida por la Sra. N.D.G., contra el Sr. N.J.L., dejando establecido que aquel es el padre biológico de la actora." "El criterio imperante en la doctrina autoral y la jurisprudencia sobre la imposición de costas en juicios de filiación, no se ha apartado del principio general y objetivo de la derrota prescripto en el Código de Rito (art. 68 del C.P.C.C.)." "El recurso deducido contra la imposición de costas no puede prosperar, debiendo confirmarse en este punto el decisorio apelado, en cuanto ha impuesto las costas al demandado vencido."
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