R., R. A. c/ OSECAC s/AMPARO LEY 16.986
La actora interpuso acción de amparo contra OSECAC por la negativa a su afiliación como monotributista. El tribunal declaró abstracto el tratamiento del amparo al confirmarse que la actora ya estaba afiliada y brindada de cobertura.
Actor: R., R. A. Demandado: OSECAC Objeto: Afiliación a la obra social y cobertura médica. Decisión: Se declaró abstracto el tratamiento del amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El objeto del presente amparo es que la demandada proceda a afiliar a la obra social y le brinde la cobertura correspondiente, y atento a las constancias aportadas por la demandada y lo manifestado por la parte actora, debo señalar que la cuestión ha devenido abstracta." "Las sentencias de los órganos judiciales deben ajustarse a las condiciones existentes al momento en que se dictan, aunque sean sobrevinientes a la promoción del pleito." "La actitud asumida por la demandada al ser requerida en la etapa administrativa y la ausencia de una respuesta en tiempo prudencial, provocó que la afiliada debiera ocurrir a la actividad de un profesional del derecho."
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