L., M. A. S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA N° 19600 (IPP 03-02-001763-23) UFIJ N° 6 (JEP 19803)
El penado solicitó el régimen de salidas transitorias y régimen abierto. La Cámara confirmó la denegación de salidas transitorias, pero concedió el régimen abierto, considerando la necesidad de un tratamiento gradual.
Actor: Defensora Oficial Dra. Verónica Olindi Huespi Demandado: LOPEZ ANTONIO MARCELO ALEJANDRO Objeto: Acceso a salidas transitorias y régimen abierto Decisión: Se confirma la denegación de salidas transitorias y se concede el régimen abierto
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los argumentos dados por el juez de grado para denegar las Salidas Transitorias resultan fundados, pues el penado no reúne todas las exigencias que demanda el instituto que pretende... considero que el interno debe ineludiblemente ir trasponiendo los diferentes regímenes de manera paulatina y gradual... la resolución recurrida, se ajusta a derecho y aparece debidamente fundada y motivada."
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