OLIVERA ALBOR JEWEL S/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO
El actor promovió un incidente de verificación de crédito por honorarios devengados en procesos previos. La Cámara de Apelación revocó la sentencia de primera instancia, declarando la acción prescripta y rechazando el incidente de verificación tardía.
Actor: Albor Jewel Olivera Demandado: María Alejandra Duhalde Objeto: Verificación de créditos por honorarios devengados en causas previas. Decisión: Se revocó la sentencia de primera instancia, declarando la acción prescripta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La presentación del concurso preventivo fue el 22/04/2022 y el Dr. Albor Jewel Olivera promovió el incidente de verificación tardía el 21/10/2024, por lo que el plazo bienal dispuesto por el legislador al art. 56 de la ley 24.522 está holgadamente vencido." "La verificación tardía debe efectuarse dentro de los dos años de la presentación del concurso, pues la dispensa de los seis meses que dispone el art. 56 de la ley 24.522 sólo rige para aquéllos supuestos en que la sentencia sea dictada por un juez distinto al concursal." "En suma, la acción está prescripta y que corresponde hacer lugar al recurso en tratamiento y en consecuencia, revocar la decisión cuestionada, rechazándose el incidente de verificación tardía."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: