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DURAN JOSE ANTONIO C/ CRISTALERIAS RIO DE LA PLATA SA S/DESPIDO

El actor promovió un incidente por caducidad de instancia en el marco de un despido. El Tribunal declaró la caducidad de la instancia por inactividad de las partes, imponiendo las costas a la parte actora con beneficio de gratuidad.

Incidente Caducidad de instancia Despido Inactividad procesal Ley 15.057 Costas Beneficio de gratuidad Procedimiento laboral Tribunal del trabajo Provincia de buenos aires

Actor: José Antonio Durán Demandado: Cristalerías Río de la Plata S.A. Objeto: Declaración de caducidad de instancia por inactividad procesal. Decisión: Se declaró la caducidad de la instancia y se impusieron las costas a la parte actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Han transcurrido con exceso los plazos establecidos en el art. 11 de la ley 15.057. En autos no existen actos idóneos para mantener viva la instancia, puesto que por un período ampliamente superior al previsto legalmente para operarse la perención, no ha habido en absoluto participación ni impulso alguno de las partes al proceso." "Las peticiones para ser interruptivas de la caducidad de instancia, deben ser adecuadas al estado de la causa y de utilidad." "Las costas deberán ser impuestas a la parte actora (art. 24 ley 15.057), con el beneficio de gratuidad previsto en el art. 27 de la ley 15.057."

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