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DIAZ MARIA ESTHER Y OTRO/A C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Los actores solicitaron la fijación de honorarios extrajudiciales por su actuación en un expediente administrativo ante la S.R.T. El Tribunal del Trabajo N° 3 hizo lugar a la demanda, regulando los honorarios en un total de 135 JUS arancelarios a cargo de la demandada.

Honorarios Riesgos del trabajo Patrocinio letrado Comision medica Resolucion 298/2017 Ley 27.348 Tribunal del trabajo General san martin Jus arancelarios Demanda extrajudicial

Actor: DIAZ MARIA ESTHER; RAMPOLDI JORGE LUIS ANTONIO Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: Fijación de honorarios extrajudiciales. Decisión: Se hace lugar a la demanda y se regulan los honorarios en 135 JUS arancelarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 36 de la Resolución 298/2017... establece que el trabajador o sus derechohabientes deberán contar con patrocinio letrada, desde su primera presentación...". "El artículo 37 de la Resolución 298/2017 sostiene: 'La actividad profesional desarrollada por los abogados que patrocinen al trabajador... devengará honorarios a cargo de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo...'." "Las Comisiones Médicas carecen de competencia para fijar o regular los honorarios de los profesionales que ejerzan el patrocinio letrada...".

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