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BARRERO CASTRO OSVALDO JAVIER C/ CENCOSUD S.A. S/ DESPIDO

El actor promovió un incidente para la homologación de un acuerdo en el marco de un despido. El Tribunal del Trabajo N° 3 homologó el acuerdo, considerando que se alcanzó una equitativa composición de derechos sin violación de derechos protegidos.

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Actor: BARRERO CASTRO OSVALDO JAVIER Demandado: CENCOSUD S.A. Objeto: Homologación de un acuerdo de fecha 28/11/2025. Decisión: Se homologó el acuerdo y se eximió del pago de impuestos y tasas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Teniendo en cuenta que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierten violación de derechos protegidos por el orden público, considero: QUE DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO de fecha 28/11/2025." "Propicio asimismo que se exima del pago de impuestos y tasas procesales." "Se hace saber a las partes que ante la falta de cumplimiento del presente acuerdo, será de aplicación lo dispuesto en el art 275 3er párrafo de la LCT (inc 1º ley 26.696)."

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