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CAZAUX ROBERTO ALFREDO C/ INTEROPTICS S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra INTEROPTICS S.A. y TELECOM ARGENTINA S.A. El Tribunal de Trabajo Nº 3 de Quilmes hizo lugar a la excepción de incompetencia territorial, argumentando que la elección del foro no se justificaba por la naturaleza de las tareas realizadas.

Despido Incompetencia territorial Ley 15.057 Jurisdiccion Trabajo Tribunal de trabajo Causa laboral Derechos laborales Competencia Actuaciones judiciales

Actor: CAZAUX ROBERTO ALFREDO Demandado: INTEROPTICS S.A.; TELECOM ARGENTINA S.A. Objeto: Despido Decisión: Se hace lugar a la excepción de incompetencia territorial de INTEROPTICS S.A.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La competencia del Tribunal se encuentra determinada, a elección del trabajador, por el lugar del domicilio del demandado, el de prestación de servicios o por el lugar de celebración del contrato de trabajo." "Para que una prestación de servicios en un determinado lugar pueda justificar una razonable atribución de competencia a un Tribunal, no basta una circunstancial presencia de la persona en un territorio sino que aquella debe ser de carácter frecuente y relevante." "Entender que la normativa aplicable otorga la posibilidad al actor de accionar ante el domicilio que elija a su antojo, se aparta de las reglas generales en materia de competencia."

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