CAZAUX ROBERTO ALFREDO C/ INTEROPTICS S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra INTEROPTICS S.A. y TELECOM ARGENTINA S.A. El Tribunal de Trabajo Nº 3 de Quilmes hizo lugar a la excepción de incompetencia territorial, argumentando que la elección del foro no se justificaba por la naturaleza de las tareas realizadas.
Actor: CAZAUX ROBERTO ALFREDO Demandado: INTEROPTICS S.A.; TELECOM ARGENTINA S.A. Objeto: Despido Decisión: Se hace lugar a la excepción de incompetencia territorial de INTEROPTICS S.A.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La competencia del Tribunal se encuentra determinada, a elección del trabajador, por el lugar del domicilio del demandado, el de prestación de servicios o por el lugar de celebración del contrato de trabajo." "Para que una prestación de servicios en un determinado lugar pueda justificar una razonable atribución de competencia a un Tribunal, no basta una circunstancial presencia de la persona en un territorio sino que aquella debe ser de carácter frecuente y relevante." "Entender que la normativa aplicable otorga la posibilidad al actor de accionar ante el domicilio que elija a su antojo, se aparta de las reglas generales en materia de competencia."
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