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BORDON JOSE ARNALDO C/ EDIFICADORA PINSUR S.A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor solicitó la homologación de una transacción celebrada con la demandada para dar por terminado el juicio. El Tribunal del Trabajo N° 1 homologó la transacción, considerando que fue celebrada por partes capaces y en cumplimiento de la ley.

Homologacion Transaccion Derecho laboral Capacidad de las partes Costas Honorarios Ley 20.744 Ley 14.967 Tribunal del trabajo Finalizacion de juicio

Actor: BORDON JOSE ARNALDO Demandado: EDIFICADORA PINSUR S.A. Objeto: Homologación de transacción. Decisión: Se homologó la transacción celebrada por las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.)" "Entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado." "Las costas serán soportadas por la parte demandada EDIFICADORA PINSUR S.A (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057)."

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