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AGUIAR GONZALO RAMIRO C/ SANCHEZ MIRIAM CARINA Y OTROS S(6)/ DAÑOS Y PERJ.RESP.PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)

El demandante solicitó una aclaratoria por error material en la sentencia dictada el 25/11/2025. El Tribunal hizo lugar a la solicitud, rectificando el nombre de uno de los demandados.

Aclaratoria Error material Rectificacion Sanatorio Demanda Primera instancia Civil y comercial Tribunal Procedimiento Notificacion

Actor: Edgardo Daniel Nigro Demandado: SANATORIO NUESTRA SEÑORA DEL PILAR S.A. Objeto: Aclaratoria por error material en la sentencia. Decisión: Se hace lugar a la aclaratoria solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiéndose incurrido en un error material en la sentencia dictada en fecha 25/11/2025, con relación al nombre de uno de los demandados, rectifícase la misma. En consecuencia, donde dice 'CLÍNICA NUESTRA SEÑORA DEL PILAR' deberá leerse y entenderse como 'SANATORIO NUESTRA SEÑORA DEL PILAR S.A.'".

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