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ESPINDOLA, ROCIO Y OTRO c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS TEODORO GARCIA 2873 s/DESPIDO

Los actores, hijos del trabajador fallecido, reclamaron indemnización por despido conforme al art. 248 de la LCT. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo que la acreditación del vínculo es suficiente para acceder a la indemnización.

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¿Quién es el actor?

Rocío Tamara Espíndola y Carlos Fabián Espíndola

¿A quién se demanda?

Consorcio de Propietarios Teodoro García 2873
- Objeto de la demanda: Indemnización por despido conforme al art. 248 de la LCT
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 248 de la LCT establece que los beneficiarios de la indemnización son aquellas personas enumeradas en el artículo 38 del decreto-ley 18.037/69... mediante la sola acreditación del vínculo." "La remisión del art. 248 de la LCT al art. 38 del decreto ley Nro. 18.037/69 no debe entenderse referida... a las normas sobre pensión del régimen previsional específico." "La indemnización en cuestión se adquiere iure proprio, es decir, que no se requiere la demostración del carácter de heredero."

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