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MEDINA EREMILDA GLADYS c/ ANSES s/PENSIONES

La Sra. Eremilda Gladys Medina interpuso demanda contra ANSES por la denegación de su pensión tras el fallecimiento de su esposo. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 1 hizo lugar a la demanda, reconociendo su derecho a la pensión al no probarse la culpa en la separación de hecho.

Pension Seguridad social Separacion de hecho Derechohabiente Anses Beneficio alimentario Culpa Ley 24.241 Ley 17.562 Jurisprudencia

Actor: Eremilda Gladys Medina Demandado: ANSES Objeto: Pensión por fallecimiento del causante Decisión: Se hace lugar a la demanda, reconociendo el derecho a la pensión

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El motivo de la denegatoria fue que mediaba entre ambos una separación de hecho... Sin embargo, ni de la causa judicial ni de las actuaciones administrativas surge que la actora haya dado causa ni concausa a la separación." "Al no surgir ni haberse producido prueba que permita evidenciar la existencia de culpa atribuible al proceder de la viuda... asiste derecho a la accionante a percibir el beneficio de pensión solicitado." "El divorcio o la separación de hecho no imputable a la persona que peticiona la pensión no constituye causa jurídicamente válida para la exclusión del beneficio."

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