CRUGNALE JUAN DOMINGO C/ OLIVA MAURICIA AMALIA Y OTROS S/ ESCRITURACION
Juan Domingo Crugnale promovió demanda por escrituración de un inmueble contra Mauricia Amalia Oliva, Rodolfo Leonardo Agüero y Tres Hermanos S.A. El Tribunal rechazó la demanda al no acreditarse la notificación válida de la cesión de derechos al titular dominial.
Actor: Juan Domingo Crugnale Demandado: Mauricia Amalia Oliva; Rodolfo Leonardo Agüero; Tres Hermanos Sociedad Anónima Fábrica de Chacinados Objeto: Escrituración de un inmueble Decisión: Se rechazó la demanda por falta de prueba de notificación de la cesión de derechos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No existe constancia fehaciente de la notificación al deudor cedido. [...] deviene en inoponible a la razón social demandada, en su condición de deudora/vendedora cedida la obligación de escriturar a favor de la parte actora." "La carga de probar la notificación válida de la cesión recae exclusivamente sobre el actor, conforme el principio general del onus probandi (art. 375 del C.P.C.C.)." "No encontrándose acreditado que la demandada y titular dominial fue efectivamente notificada de la cesión, el actor no puede exigir el cumplimiento de la obligación de escriturar, por lo que la demanda debe rechazarse."
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