G., G. A. c/ UNION PERSONAL s/AMPARO LEY 16.986
La letrada patrocinante de la parte actora solicitó la regulación de honorarios en el marco de un amparo. La Cámara Federal de Córdoba reguló los honorarios en 3,5 UMA, aplicando la normativa correspondiente.
¿Quién es el actor?
G., G. A.
¿A quién se demanda?
UNION PERSONAL
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios por la acción de amparo.
- Decisión del tribunal: Se regulan los honorarios de la letrada en 3,5 UMA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los honorarios se regularán sobre el monto que se pretende a asegurar, aplicándose como base el veinticinco por ciento (25%) de la escala del artículo 21; salvo casos de controversia u oposición, en que la base se elevará al cincuenta por ciento (50%)." "El presente proceso no es susceptible de apreciación pecuniaria, cuestión que imposibilita establecer la cuantía de los honorarios siguiendo las escalas contempladas en el art. 21." "Se procede a regular a la doctora Maribel Paola Gentilini un 35% sobre la base mencionada, lo que equivale a 3,5 UMA."
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