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U, L. A c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

La Sra. L. A. U. interpuso acción de amparo contra OSDE por la negativa a mantener su afiliación como jubilada. El Juzgado Civil y Comercial Federal 4 hizo lugar a la acción, ordenando a OSDE restablecer su afiliación y cobertura de salud.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Osde Derechos constitucionales Ley 23.660 Ley 19.032 Medida cautelar Aportes


¿Quién es el actor?

Sra. L. A. U.

¿A quién se demanda?

ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS DE EMPRESARIOS (OSDE)
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación a OSDE como jubilada.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a OSDE mantener la afiliación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La vía elegida por la actora para la protección de sus derechos, resultó correcta y se ajusta a los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional, a fin de lograr una adecuada, rápida y eficaz protección de los derechos fundamentales implicados en el caso, como ser el derecho a la salud que tiene rango constitucional." "Cabe recordar que la ley 19.032, de creación del INSSJP... establece, en su art. 16, que a partir de su vigencia, los jubilados y pensionados obligatoriamente comprendidos en cualquiera de las obras sociales mencionadas en el art. 1 de la ley 18.610, aportarán únicamente al PAMI, manteniendo sin embargo su afiliación a aquéllas." "En función de lo reseñado, y teniendo en cuenta que la amparista obtuvo su beneficio jubilatorio el 1° de octubre de 2025... corresponde admitir la petición formulada."

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