U, L. A c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
La Sra. L. A. U. interpuso acción de amparo contra OSDE por la negativa a mantener su afiliación como jubilada. El Juzgado Civil y Comercial Federal 4 hizo lugar a la acción, ordenando a OSDE restablecer su afiliación y cobertura de salud.
¿Quién es el actor?
Sra. L. A. U.
¿A quién se demanda?
ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS DE EMPRESARIOS (OSDE)
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación a OSDE como jubilada.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a OSDE mantener la afiliación de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La vía elegida por la actora para la protección de sus derechos, resultó correcta y se ajusta a los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional, a fin de lograr una adecuada, rápida y eficaz protección de los derechos fundamentales implicados en el caso, como ser el derecho a la salud que tiene rango constitucional." "Cabe recordar que la ley 19.032, de creación del INSSJP... establece, en su art. 16, que a partir de su vigencia, los jubilados y pensionados obligatoriamente comprendidos en cualquiera de las obras sociales mencionadas en el art. 1 de la ley 18.610, aportarán únicamente al PAMI, manteniendo sin embargo su afiliación a aquéllas." "En función de lo reseñado, y teniendo en cuenta que la amparista obtuvo su beneficio jubilatorio el 1° de octubre de 2025... corresponde admitir la petición formulada."
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