AYALA, ALCIDES DOMINGO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/DIFERENCIAS SALARIALES
El apoderado de la parte actora planteó la caducidad de la segunda instancia en el recurso de apelación interpuesto por la demandada. La Cámara Federal de Tucumán hizo lugar al planteo y declaró la caducidad, imputando la inactividad procesal a la parte recurrente.
- Quién demanda: Alcides Domingo Ayala y otros
¿A quién se demanda?
Estado Nacional y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de caducidad de la segunda instancia
¿Qué se resolvió?
Se declaró la caducidad del recurso de apelación
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de la segunda instancia se produce cuando ha transcurrido el plazo de tres meses sin que haya existido petición de parte o providencia judicial que tenga por efecto impulsar el procedimiento." "Habiendo transcurrido un plazo superior a los tres meses, concretamente, es decir, casi cuatro, sin que la demandada haya cumplido con la carga impuesta, procede hacer lugar al planteo formulado por la actora." "Las costas de esta instancia se imponen a la parte vencida en virtud del principio objetivo de la derrota."
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