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Incidente Nº 1 - IMPUTADO: DADINO PINTOS, DARIO RAFAEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

El representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso extraordinario contra la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal. La Cámara declaró inadmisible el recurso por no cumplir con los requisitos establecidos en la ley.

Recurso extraordinario Inadmisibilidad Ministerio publico fiscal Casacion penal Requisitos legales Ley 48 Acordada 4/2007 Procedimiento penal Tribunal de origen Sin costas

Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: No aplica (incidente de recurso) Objeto: Admisibilidad del recurso extraordinario Decisión: Inadmisibilidad del recurso extraordinario

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte impugnante no ha cumplido con los recaudos para la interposición del recurso extraordinario establecidos en los arts. 14 y 15 de la ley 48 y en la Acordada n° 4/2007 -artículo 3, incisos d) y e)
- de la Corte Suprema de Justicia de la Nación." "Por ello, el tribunal RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE el recurso extraordinario interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal, sin costas."

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